José  Maximino Portalés, concejal de compromis a l’Ajuntament de Costur

al amparo de lo dispuesto en el articulo 116 de la ley 8/2010, de 23 de junio de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana (ART.97/3 ROF), presenta ante el  Pleno  Corporativo para su votación y si procede, debate, consideración y la posterior aprobación la siguiente:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

 

El funcionamiento de las corporaciones locales se rige por diversas leyes y normas estatales y autonómicas, y aunque no es obligatorio para los ayuntamientos de municipios pequeños  la mayoría disponen de un R.O.M. Se  trata de un reglamento que fija aquellos  aspectos que  no se concretan o desarrollan con exactitud en las normas generales y que hasta ahora se han regulado de forma un tanto subjetiva,  como el tiempo de exposición y debate en el Pleno, la presentación de mociones, el acceso a la información etc.

También en el R.O.M. se pueden contemplar aspectos novedosos de la gestión municipal como reglar espacios de inclusión para el voluntariado, e incorporar la participación ciudadana en la elaboración de presupuestos municipales.

Se pueden habilitar dinámicas para favorecer la transparencia de la gestión municipal y el control de la ciudadanía sobre sus representantes en el ayuntamiento, de manera que la normativa local encaje en la Ley de Transparencia del Estado y facilite el acceso de la ciudadanía a la información pública y no sea el Sindic de Greuges quien recomiende al ayuntamiento de forma reiterada como debe proceder.

Se podrán establecer normas para la no aceptación  de obsequios por parte de los concejales y cargos municipales además de concretar las incompatibilidades propias del cargo, negocios con familiares,  contrataciones a dedo etc.
El objetivo principal de un  ROM no es otro que regular el funcionamiento del Ayuntamiento de forma permanente para conseguir una administración eficiente y eficaz, a la vez que transparente y democrática. De esta manera, se evitará  que cualquier gobierno de turno pueda organizarse, atendiendo a intereses que no sean los de la ciudadanía.

Hay  que reglamentar para no estar a expensas de quién manda.

 

Por lo anteriormente expuesto el concejal de compromis, presenta la siguiente:

 

PROPUESTA DE ACUERDO

 

Se elabore un Reglamento Orgánico Municipal (ROM), documento que reglará la administración local para lograr una mayor eficacia  eficiencia y transparencia en la gestión del Municipio.