José Maximino Portalés, concejal de compromis a l’Ajuntament de Costur
al amparo de lo dispuesto en el articulo 116 de la ley 8/2010, de 23 de junio de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana (ART.97/3 ROF), presenta ante el Pleno Corporativo para su votación y si procede, debate, consideración y la posterior aprobación la siguiente:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
El funcionamiento de las corporaciones locales se rige por diversas leyes y normas estatales y autonómicas, y aunque no es obligatorio para los ayuntamientos de municipios pequeños la mayoría disponen de un R.O.M. Se trata de un reglamento que fija aquellos aspectos que no se concretan o desarrollan con exactitud en las normas generales y que hasta ahora se han regulado de forma un tanto subjetiva, como el tiempo de exposición y debate en el Pleno, la presentación de mociones, el acceso a la información etc.
También en el R.O.M. se pueden contemplar aspectos novedosos de la gestión municipal como reglar espacios de inclusión para el voluntariado, e incorporar la participación ciudadana en la elaboración de presupuestos municipales.
Se pueden habilitar dinámicas para favorecer la transparencia de la gestión municipal y el control de la ciudadanía sobre sus representantes en el ayuntamiento, de manera que la normativa local encaje en la Ley de Transparencia del Estado y facilite el acceso de la ciudadanía a la información pública y no sea el Sindic de Greuges quien recomiende al ayuntamiento de forma reiterada como debe proceder.
Se podrán establecer normas para la no aceptación de obsequios por parte de los concejales y cargos municipales además de concretar las incompatibilidades propias del cargo, negocios con familiares, contrataciones a dedo etc.
El objetivo principal de un ROM no es otro que regular el funcionamiento del Ayuntamiento de forma permanente para conseguir una administración eficiente y eficaz, a la vez que transparente y democrática. De esta manera, se evitará que cualquier gobierno de turno pueda organizarse, atendiendo a intereses que no sean los de la ciudadanía.
Hay que reglamentar para no estar a expensas de quién manda.
Por lo anteriormente expuesto el concejal de compromis, presenta la siguiente:
PROPUESTA DE ACUERDO
Se elabore un Reglamento Orgánico Municipal (ROM), documento que reglará la administración local para lograr una mayor eficacia eficiencia y transparencia en la gestión del Municipio.